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Edicto: Ministerio de Obras Públicas y Transportes.- Diligencias de expropiación (SABI 2021-376)

Comunicados Digitales [email protected] | Miércoles 11 diciembre, 2024


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Canva / La República


Ministerio de Obras Públicas y Transportes.- Diligencias de expropiación

EDICTO

Se hace saber que el Ministerio de Obras Públicas y Transportes, de conformidad con la Ley de Expropiaciones N° 9286 del 11 de noviembre de 2014, publicada en La Gaceta N° 24 del 04 de febrero del 2015, y las reformas contenidas en la Ley N° 9462 del 29 de junio del 2017, publicada en el Alcance N° 175 del 18 de julio del 2017, está llevando a cabo las diligencias de expropiación, en contra de finca inscrita en el Registro Inmobiliario, matrícula: 6-112837-000, situado en el distrito 11 Cóbano, cantón 01 Puntarenas de la provincia de Puntarenas, propiedad de Francisco Rojas Segura, cédula N° 6-0185-0222, quien salió del país el 20 de febrero del 2023, y que se desconoce cuándo regresará al país; cuyas diligencias son necesarias para la ejecución del proyecto de obra pública denominado: “Mejoramiento de la Ruta Nacional N° 624, Sección, Cóbano-Montezuma”, tramitado en el expediente administrativo N° SABI 2021-376.

Con base a lo anterior, se procede a notificar mediante el presente Edicto, la emisión de la resolución administrativa N° 000227 del 16 de mayo del 2022, publicada en el Alcance N° 107, Gaceta N° 98 del 27 de mayo del 2022, en la que se Declara de Interés Público el inmueble antes descrito, indicándose que se requiere expropiar un área de terreno de 1 828,00 metros cuadrados, según el plano catastrado N° 6-2133410-2019, para la ejecución del proyecto antes citado.

Asimismo, se comunica que mediante Avalúo administrativo N° 2023-096 de fecha 08 de junio del 2023, el Ministerio de Obras Públicas y Transportes a través del Departamento de Adquisición de Bienes Inmuebles, determinó que el valor del área del inmueble a expropiar antes señalado, es de ¢29 106 509,00 (veintinueve millones ciento seis mil quinientos nueve colones).

Con base a lo anterior, se emplaza por el plazo de 3 días hábiles, contados a partir de la publicación del presente edicto, para que cualquier interesado, formule ante este Ministerio cualquier reclamo sobre el inmueble objeto de expropiación, de lo contrario se advierte que, una vez transcurrido este plazo, se continuará con las diligencias de expropiación.

San José, veintinueve de setiembre del 2023.

Luis Amador Jiménez

MINISTRO


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