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Gobierno unifica restricción vehicular y cambia apertura de establecimientos a partir del lunes

Tatiana Gutiérrez Wa-Chong [email protected] | Sábado 08 agosto, 2020 01:56 p. m.


Auto dibujado en pavimento
La restricción se aplicará de acuerdo a la placa. Archivo/LA REPÚBLICA.


Las conversaciones realizadas durante los últimos días con representantes empresariales y los alcaldes dejó como saldo que el Gobierno unificara la restricción vehicular de lunes a viernes en todo el país (cantones en alerta amarilla y alerta naranja) de 5:00 a.m. a las 9:00 p.m., sábado y domingo de las 5:00 a.m. a las 7:00 p.m.

Los lunes solo podrán circular los vehículos con placas terminadas en 1 y 2, martes 3 y 4, miércoles 5 y 6, jueves 7 y 8 y los viernes 9 y 0, en las regiones con alerta naranja.

En tanto, los sábados solo podrán circular los carros con placas terminadas en número impar (1, 3, 5, 7 y 9) y los domingos las pares (0, 2, 4, 6 y 8).

Para los comercios, se ajusta el horario en todo el país (tanto para cantones en alerta naranja como cantones en alerta amarilla) de lunes a viernes de 5:00 am a las 9:00 pm, y sábados y domingos de 5:00 a.m. a las 7:00 p.m, según explicó Alexánder Solís, presidente de la Comisión Nacional de Emergencias.

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En los cantones en alerta naranja, del 10 al 21 de agosto, se establece un cierre de establecimientos con permiso sanitario de funcionamiento de atención al público, salvo lista de excepciones.

Además de la lista de excepciones, únicamente entre semana se habilita el funcionamiento de restaurantes, sodas y cafeterías, plazas de comidas, tiendas en general y tiendas por departamento, salones de belleza con cita previa y los supermercados sin limitación de secciones, con aforo al 50%.

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El fin de semana del 15 y 16 de agosto dichos establecimientos se mantendrán cerrados, salvo los supermercados en lo correspondiente a la sección de venta de alimentos, bebidas, abarrotes, suministros de limpieza e higiene, y necesidades básicas, con una capacidad de ocupación al 50%.

En cantones en alerta amarilla, del 10 al 21 de agosto, los establecimientos con permiso sanitario de funcionamiento podrán funcionar de manera regular.


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