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Pozos de agua no inscritos podrán registrarse a partir de septiembre

Jeffry Garza [email protected] | Viernes 09 agosto, 2019 06:14 p. m.


Una fuente de agua
Imagen con fines ilustrativos. Shutterstock/La República


El período de seis meses de amnistía para los pozos ilegales perforados antes de 2010 inicia el próximo 24 de septiembre, y se extenderá hasta el 24 de marzo del 2020, anunció esta mañana el Ministerio de Ambiente y Energía (Minae).

El decreto establece una simplificación de trámites para la inscripción y registro regulado de pozos sin permiso de perforación, así como el trámite respectivo para la obtención de la concesión de aprovechamiento de aguas, siempre que los mismos estén ubicados en zonas sin algún tipo de restricción establecida por Ley.

Lea más: Pérdidas por amnistía para pozos ilegales superarían los ¢1.600 millones

El objetivo del Gobierno con este decreto es dar seguridad jurídica al sector productivo, y que el país cuente con un inventario nacional de concesiones de agua actualizado.

Los interesados deberán presentar una declaración jurada -ante notario- del propietario del terreno donde se ubica el pozo que indique la ubicación, año de perforación, caudal y uso, entre otros datos.

Esta información deberá presentarse en las oficinas centrales o regionales de la Dirección de Agua del Minae y en algunas del Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG).

Una vez entregada la solicitud de inscripción del pozo, la persona interesada contará con un año plazo para presentar los otros requisitos para la respectiva concesión de aprovechamiento.

Lea más: Gobierno legaliza robo de agua subterránea, según ambientalistas

La amnistía aplica para aquellos pozos perforados con maquinaria o equipo especializado, no para pozos artesanales, de uso doméstico o menores a 20 metros, los cuales están exentos del Registro Nacional de Concesiones.

También quedan fuera de aplicación del reglamento aquellos pozos perforados que se ubiquen dentro de los acuíferos, zonas o áreas con condición especial por disposiciones judiciales, legales, técnicas, y aquellas que cuentan con estudios técnicos que señalen que no exista disponibilidad del recurso hídrico.

En las páginas oficiales de la Dirección de Agua del Minae y del MAG se encuentran publicados el decreto y el formulario para iniciar el proceso de inscripción.



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